Aplicación de la Norma UNE-EN 689:2019 y evaluación de la exposición a SCR

 

Durante la toma de muestras de polvo y SCR, ¿el tiempo de permanencia del técnico evaluador debe alcanzar toda la jornada de trabajo? ¿Solo es posible realizar una medición diaria?


La medición es una de las partes más importantes del proceso de evaluación y durante los muestreos el técnico debe recopilar toda la información posible sobre tareas realizadas, organización del trabajo, condiciones ambientales relevantes, actividades inusuales, incidentes, posibles interferencias con otros procesos cercanos, funcionamiento de las medidas preventivas, etc. para la futura interpretación de los resultados.
No obstante, la necesidad de que el técnico evaluador esté presente durante toda la jornada de medición no es una novedad de la Norma UNE-EN 689:2019. Ya en su versión anterior, de 1996, se hacía hincapié, incluso, en que si no se muestreaba durante toda la jornada laboral, debía examinarse de forma crítica los posibles cambios ocurridos durante el periodo no muestreado por ser estos el principal punto débil en la credibilidad de cualquier medición de exposición. 
Un mismo técnico, en función de las características de la empresa y de sus capacidades podrá realizar varias mediciones en la misma jornada, bien a trabajadores correspondientes a distintos GES, o a distintos trabajadores de un mismo GES para tener en cuenta la variabilidad entre trabajadores del mismo grupo. El número de equipos simultáneos por jornada no está fijado por la Norma.

 

En el caso de exposiciones de corta duración (1-2 horas) ¿cómo se aplicaría la Norma UNE-EN 689:2019? ¿Y en exposiciones ocasionales (por ejemplo 1 día al mes)?


La propia Norma en su Anexo A da orientaciones sobre distintos métodos y aproximaciones para la evaluación en estos casos (Apartado A.3. Exposiciones de corta duración con condiciones constantes, A.4. exposición ocasional, etc.)

 

En un centro donde los trabajadores realizan tareas distintas y ocupan puestos distintos ¿cómo se configuran los GES?


Si el perfil de exposición es específico de un único trabajador, su exposición se evalúa de la misma manera a como se realiza en el GES.

 

¿Es posible configurar un GES con trabajadores pertenecientes a diferentes centros de trabajo?


En el caso de trabajadores pertenecientes a distintos puestos de trabajo difícilmente cumplirían con la definición de GES.

 

Con el fin de configurar un GES ¿es adecuada la realización de mediciones ambientales estáticas complementarias a las personales?


Los GES se constituyen con la información recabada en la caracterización básica. Si fuera necesario realizar mediciones para caracterizar el perfil de exposición o alguna tarea u operación concreta podrían realizarse mediciones estáticas, emplearse equipos de lectura directa... Pero para la evaluación de la exposición de los trabajadores del GES las muestras deben ser, siempre que sea posible, personales en la zona de respiración del trabajador ya que las mediciones en puntos fijos son menos representativas de la exposición de los trabajadores.

 

Durante la realización de las mediciones ¿es necesario muestrear a distintos trabajadores integrantes del GES o, por contra, es posible realizar siempre el muestreo del mismo trabajador?


Para evaluar correctamente el GES deben tenerse en cuenta las variaciones entre trabajadores pertenecientes al GES (que se conseguiría tomando muestras a trabajadores distintos) así como las variaciones en la exposición entre jornadas de un mismo trabajador (lo que implicaría la medición al mismo trabajador en distintas jornadas).

 

¿Durante cuánto tiempo/volumen es necesario muestrear para la obtención de mediciones válidas?


Para que las mediciones se consideren válidas deben cumplir con los criterios de la Norma UNE-EN 482. En el cálculo del tiempo mínimo de muestreo influirán tanto el método analítico seleccionado como el caudal de aspiración del muestreador empleado en la medición. 
La siguiente fórmula permite obtener el tiempo mínimo de muestreo, asegurando que la cantidad de muestra recogida es superior al límite de cuantificación analítico (LOQ) para concentraciones en el aire de 0,1 veces su VLA-ED.

  • tmin=(LOQ)/Q x (0,1 x VLA-ED)

Donde:

  • tmin: tiempo mínimo de muestreo, en minutos.
  • LOQ: límite de cuantificación analítico, en microgramos. Variable entre distintos laboratorios y a su vez entre métodos analíticos.
  • VLA-ED: Valor Límite Ambiental, en mg/m3
  • Q: caudal de aspiración del muestreador, en l/min 

Si como resultado de lo anterior se obtiene un tiempo mínimo de muestreo superior a una jornada de trabajo sería necesario recurrir a muestreadores que operen a mayor caudal (ver tabla de informe CEN/TR 15230) con el fin de reducir dicho tiempo de muestreo y que este encaje dentro de una jornada laboral normal.
Este tiempo mínimo debe cumplirse con cada una de las muestras tomadas.

 

La obtendión de las tres primeras muestras de cada GES ¿debe llevarse a cabo en la misma jornada a trabajadores distintos o deben realizarse en jornadas distintas?


De manera general, para evaluar correctamente el GES deben tenerse en cuenta tanto las variaciones entre los distintos trabajadores pertenecientes al mismo (que se conseguiría tomando muestras a trabajadores distintos en la misma jornada) como las variaciones en la exposición  de un mismo trabajador entre jornadas (lo que implicaría la medición al mismo trabajador en distintas jornadas). Tomando esto en consideración será el técnico responsable el que determine qué mediciones hacer teniendo en cuenta las características particulares de cada situación.

 

¿Cómo actuar en el caso de obtener resultados inferiores al límite de cuantificación (<LOQ)? ¿Y si son inferiores al límite de detección (LD)?


En primer lugar la Norma recoge exclusivamente resultados <LOQ, por lo que se tratarán de igual manera, a efectos de evaluación de la exposición, los resultados <LOQ y los <LD.
El Anexo H de la Norma suministra un procedimiento estadístico para tratar dichos resultados <LOQ, bien sea de manera gráfica o mediante el uso de programas estadísticos. Estos resultados siempre deben tenerse en consideración y no han de eliminarse, ignorarse o reemplazarse por valores fijos como ocurría en versiones anteriores de la Norma.
En el calculador del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo existe una opción para indicar que un resultado es <LOQ y que así pueda tenerse en cuenta para evaluar la conformidad con el VLA-ED.

 

¿Qué número de mediciones es neesario realizar por GES?


La Norma requiere un mínimo de 3 mediciones válidas por GES. A partir de este número mínimo, y en función de los resultados obtenidos, se podrá  estimar el número de mediciones necesarias según las condiciones establecidas en los puntos 5.5.2. Prueba preliminar y 5.5.3. Prueba estadística.


Si tras la realización de una primera tanda de 3 mediciones, los resultados indican que no es posible aplicar la prueba preliminar y que son necesarias más mediciones ¿establece la Norma algún plazo para realizarlas?


Si los resultados (de 3 a 5 mediciones válidas) no cumplen con las condiciones establecidas en la prueba preliminar, no es posible concluir sobre la conformidad con el VLA-ED por lo que se trataría de una situación que la Norma describe como NO DECISIÓN y son necesarias más mediciones. La Norma no establece un plazo concreto para la realización de estas muestras, pero debe considerarse que el riesgo no estaría evaluado no debiendo confundirse con una situación de conformidad, por lo que las mediciones habrían realizarse lo antes posible (siempre y cuando se programe teniendo en cuenta que sean mediciones representativas entre otras variables que afecten a la planificación) para disponer de una evaluación fiable.


¿Es posible emplear resultados de mediciones de años anteriores para realizar el test estadístico?


Se podrán utilizar siempre y cuando se cumplan el resto de condiciones que indica la Norma: el técnico ha estado presente durante toda la medición, las condiciones no han cambiado, los resultados corresponden al GES configurado, etc.


Si el resultado de la evaluación es conforme (no se supera el VLA-ED) ¿no es necesario adoptar medidas preventivas?


Una vez evaluada la exposición a SCR según los criterios de la Norma UNE-EN 689 debe tenerse en cuenta que, desde la publicación del RD 1154/2020, los trabajos que supongan exposición a polvo de SCR generado en un proceso de trabajo deben cumplir también las exigencias del RD 665/1997. Por lo tanto la medida prioritaria consistirá en la sustitución, total o parcial, de los materiales con sílice cristalina o de los procesos de trabajo en los que se genera SCR. Sin embargo, cuando la sustitución no resulte técnicamente viable deberá valorarse, como primera opción para eliminar o reducir la exposición, que los procesos en los que se produce SCR se lleven a cabo en sistemas cerrados y estancos, preferentemente a presión negativa.  No obstante, debido a las características del proceso en ocasiones no es técnicamente posible la aplicación de un sistema cerrado y, en esos casos, el empresario garantizará que el nivel de exposición de los trabajadores se reduce a un nivel tan bajo como sea técnicamente posible, tal y como exige el Real Decreto 665/1997. Para ello han de adoptarse todas las medidas preventivas y organizativas que sean necesarias, aun cuando los resultados de las mediciones higiénicas sean inferiores a los VLA-ED.


¿Con qué periodicidad han de realizarse las mediciones correspondientes a la reevaluación periódica?


La frecuencia de las nuevas mediciones higiénicas para realizar esta reevaluación debe fijarse en base a criterios técnicos. Existen varios métodos y aproximaciones para calcular esta frecuencia y de hecho, la Norma UNE-EN 689 en su anexo I, presenta dos alternativas posibles.
No obstante, y teniendo en cuenta que a los trabajos que suponen exposición al polvo de SCR generado en los procesos de trabajo, les es de aplicación el RD 665/1997, se recomienda que al menos anualmente se lleve a cabo la reevaluación de cada GES mediante mediciones. Más allá de los cambios significativos que puedan darse en el proceso y que afecten a la exposición de los trabajadores, pueden darse otros menos evidentes o que incluso pueden pasar desapercibidos como los producidos por el propio desgaste de los equipos de trabajo y las medidas preventivas o el cambio de ubicación y condiciones meteorológicas que pueden darse en los trabajos o tareas realizados en el exterior.